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Resumen del documento

Estacionamientos

Regula aviso, registro, acceso y responsabilidad por arriendo, préstamo o cesión de estacionamientos.

Actualizado: 11 de agosto de 2026

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Aviso

Antes del primer ingreso

Acceso

Propietario proporciona control

Usuario externo

No adquiere calidad de residente

Conserjería

No administra arriendos particulares

Resumen
  1. 1Todo uso por una persona distinta del propietario debe informarse antes del primer ingreso.
  2. 2El propietario debe declarar que su título permite la operación.
  3. 3Todo arriendo remunerado, incluso por un día, requiere un control proporcionado por el propietario.
  4. 4Identificar estacionamiento, propietario, usuario, documento, patente y vigencia.
  5. 5Para uso permanente, acompañar contrato simple o declaracion escrita del propietario.
  6. 6Para corta duración, informar cada periodo y el control proporcionado.
  7. 7Comunicar cambios, renovacion o término antes del siguiente ingreso.
  8. 8Informar el retiro de visitas vehiculares anunciadas.

Prohibido

  • Compartir controles con personas no autorizadas.
  • Usar espacios o recorridos no autorizados.
  • Convertir el acceso a estacionamiento en acceso residencial general.
  • Exigir a Conserjería aperturas rutinarias para administrar arriendos particulares.

El registro comunitario no convalida una cesión prohibida por título, Reglamento o ley.

Este protocolo no crea multas nuevas ni duplica sanciones por un mismo hecho.