Resumen del documento
Estacionamientos
Regula aviso, registro, acceso y responsabilidad por arriendo, préstamo o cesión de estacionamientos.
Actualizado: 11 de agosto de 2026
Aviso
Antes del primer ingreso
Acceso
Propietario proporciona control
Usuario externo
No adquiere calidad de residente
Conserjería
No administra arriendos particulares
Resumen
- 1Todo uso por una persona distinta del propietario debe informarse antes del primer ingreso.
- 2El propietario debe declarar que su título permite la operación.
- 3Todo arriendo remunerado, incluso por un día, requiere un control proporcionado por el propietario.
- 4Identificar estacionamiento, propietario, usuario, documento, patente y vigencia.
- 5Para uso permanente, acompañar contrato simple o declaracion escrita del propietario.
- 6Para corta duración, informar cada periodo y el control proporcionado.
- 7Comunicar cambios, renovacion o término antes del siguiente ingreso.
- 8Informar el retiro de visitas vehiculares anunciadas.
Prohibido
- Compartir controles con personas no autorizadas.
- Usar espacios o recorridos no autorizados.
- Convertir el acceso a estacionamiento en acceso residencial general.
- Exigir a Conserjería aperturas rutinarias para administrar arriendos particulares.
El registro comunitario no convalida una cesión prohibida por título, Reglamento o ley.
Este protocolo no crea multas nuevas ni duplica sanciones por un mismo hecho.