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Resumen del documento

Corredores

Regula la designacion de un coordinador activo de acceso por unidad, el aviso y acompañamiento de visitas inmobiliarias.

Actualizado: 11 de agosto de 2026

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Coordinador

Uno activo por unidad

Visitas

Avisadas y acompañadas

Conserjería

No guarda llaves ni agenda

Áreas comunes

Sin uso residencial

Resumen
  1. 1El propietario designa a una persona natural como coordinador activo de acceso.
  2. 2La regla no impide contratar otros corredores, pero el edificio reconoce un solo coordinador habitual.
  3. 3Cada visita debe avisarse previamente, identificarse, registrarse y permanecer acompañada.
  4. 4El propietario envia la designacion desde su canal registrado.
  5. 5El coordinador informa cada visita antes de la llegada.
  6. 6Los interesados se identifican y registran en Conserjería.
  7. 7El propietario, residente autorizado o coordinador los recibe y acompaña.
  8. 8Los cambios, reemplazos o término de autorización se informan formalmente.

Prohibido

  • Dejar a Conserjería la recepción de interesados o administración de agendas inmobiliarias.
  • Guardar llaves en Conserjería para corredores.
  • Usar o reservar instalaciones residenciales por parte de corredores o visitantes.

Los visitantes solo pueden transitar por las rutas necesarias para llegar a la unidad.

Daños acreditados y multas reglamentarias se tramitan separadamente.